Pocos días atrás ha causado revuelo un librito publicado en España e Italia que en pocos meses se convirtió en best- seller. Si quisiésemos adivinar de qué trat a, probablemente perderíamos. Pero intentemos; quizás se haya tratado de… cómo hacer dinero sin trabajar. Error. O quizás tratase de sexo en el trabajo… Para nada. Entonces…, seguro que habla sobre cómo adelgazar sin ejercicios ni dietas… Fin de la adivinanza. El libro se refiere a algo mucho más polémico: la sumisión de la mujer en tiempos modernos… Cásate y sé sumisa es la obra que ha dado que hablar gracias a una campaña en su contra que no hace otra cosa que favorecer su venta al 100%); pero: ide qué trata el librito? En apenas 217 páginas la autora narra cómo la mujer, luego de la ansiada <liberación femenina>, donde se propugnaba la igualdad de sexos, no en cuanto a su dignidad, sino en cuanto a sus funciones, terminó por construirse su propia tumba: pues, aunque sea dirigente de empresas, bancaria o presidente, sigue dando a luz a sus hijos, amamantando y siendo el corazón de la familia. <Oscurantista!> <misógina; retrógrada!> <autoritaria!>, fueron algunos de los leves insultos que la autora debió sufrir de parte de los impolutos defensores de la <libertad de expresión> (lo sabemos; sólo hay libertad para pensar como ellos…) y sin haber apenas leído el librito terminaron por decir que su pensamiento sobre la mujer era más digno de la concepción <medieval> que de nuestros tiempos, atacando, a posteriori, la religión que daba forma a la vida de aquella época. Pero fue realmente así? ¿Tan mal la pasaba la mujer en la Edad Media?
iVen Señor Jesús! En realidad, si las feministas pudiesen cumplir el sueño de viajar en el tiempo, desearían ardientemente vivir al menos en el Medioevo. Y no es broma. La situación legal de la mujer antes de la venida de Cristo y específicamente bajo el Imperio Romano, no era de lo mejor considerada como una res, es decir como una cosa salvo que fuese liberta o «ingenua», carecía de existencia jurídica al igual que un esclavo y si bien vivía en el ámbito familiar, el poder del mismo sólo residía en el pater familias, es decir, el padre, quien oficiaba como único propietario y sumo sacerdote de la morada. Era el padre y no la madre o las hijas quien poseia el derecho de vida y de muerte sobre los hijos; determinaba los matrimonios de sus hijas y hasta tenía el ius gladii (derecho de la espada) sobre las hijas mujeres que cometieran adulterio, pudiendo matarlas en caso de ser encontradas culpables, como señala el famoso jurista Robert Villers: <En Roma, la mujer, sin exageración ni paradoja, no era sujeto de derecho.. Su condición personal, la relación de la mujer con sus padres o con su marido son competencia de la domus, de la que el padre, el suegro o el marido son jefes todopoderosos…la mujer es únicamente un objeto>[ 104]. Fustel de Coulanges, el gran amante del mundo clásico, llega a afirmar no sin asombro que <la mujer (…) soltera, asistía a los actos religiosos de su padre; casada a los de su marido>[ 105], por lo que agrega, <aquí es cuando las leyes antiguas, a primera vista, parecen extrañas e injustas.Se experimenta alguna sorpresa cuando se ve en el derecho romano que la hija no hereda del padre si se casa, y en el derecho griego que no hereda en ningún caso>.
Fuera de los matices que puedan encontrarse, lo cierto es que la situación sería muy distinta con la llegada del cristianismo. El Evangelio: cosa de mujeres . . A Dios gracias apareció el Evangelio!, deberían decir las verdaderas defensoras de la mujer: en un ambiente dominado por la romanitas este acontecimiento revolucionario y decisivo vino a proclamar la igualdad esencial entre el hombre y la mujer, como decía San Pablo, pues a partir de Cristo <ya no hay judío ni griego; ni esclavo ni libre; ni hombre ni mujer, ya que todos vosotros sois uno en Cristo Jesús> (Gál 3, 28). La religión cristiana, gracias a la lengua común (el griego koiné) las viae o caminos romanos y el férreo gobierno político, prendió rápidamente en todo el Imperio conocido, pero fue en especial entre las mujeres donde tuvo una enorme acogida, especialmente al momento de dar testimonio hasta el martirio. Baste con ver el canon romano de la Misa para darse cuenta cómo desde los primeros tiempos, la Iglesia se vio casi obligada a colocar entre los mártires y para la posteridad, a Perpetua, Felicidad, Águeda y Lucía, entre otras defensoras de la Fe. Como señala Pernoud, <entre el tiempo de los apóstoles y el de los Padres de la Iglesia, durante esos trescientos años de arraigamiento, de la vida subterránea resumida en la imagen de las catacumbas la Iglesia es un asunto de quién? De las mujeres (…). Estas santas de los primeros siglos fueron en ese mundo y medio que las rodeaba, verdaderas contestatarias; en efecto :qué pretendían Inés, Cecilia o Lucía?: rechazar el marido que les asignaba su padre y conservar la virginidad con vistas al reino de Dios>. Las mujeres comprendieron muy pronto que el Evangelio les otorgaba una nueva vida y status pues Jesucristo venía para dar la salud a los oprimidos y la libertad a los cautivos, una libertad de la cual ellas nunca habían gozado en su totalidad y no estaba prevista en ninguna de las leyes romanas. Desde ahora tendrían derecho a elegir su existencia y a responder por ella, comprendiendo así que valía la pena conquistar esa libertad, aún al precio de la propia vida. Históricamente hablando, la reivindicación de su libertad llevaba implícitas todas las demás, como la de pronunciar libremente el voto de virginidad y hacerse responsables ante Dios y los hombres de sus decisiones.
COSTANZA MIRIANO, Cásate Sé sumisa, Nuevo Inicio, Granada 2013, 214 pp. Tal fue la campaña en contra que una ministro española, pidió que el libro se quitara de la venta en España
http://www.noudiari.es/2013/11/por-la-retirada-de-casate-y-se-sumisa-por- rebecca-beltran/
RÉGINE PERNOUD, La Mujer en el tiempo de las catedrales, Andrés Bello, Bs.As. 1999, 319 Pp
MARIE DE LA SAGESSE SEQUEIROS, en Gladius 74 (2004) 147-153.
<Le Statut de la femme Rome jusqu’a la fin de la République>, en Recueil de la Société Jean-Bodin destinado a La Femme,t. Bruselas, 1959, pp. 1 77-189.
Jean Gaudemet: <Le Statut de la femme dans l’Em- pire romain>, pp. 191-222,
F. Ganshof: <Le Statut de la femme dans la monarchie franque>, t. II, 1962, pp. 5-58.
FUSTEL DE COULANGES, La Ciudad Antigua Porrúa, México 1994, 26
