¿Qué se entiende por “sinodalidad”?
Según la Comisión Teológica Internacional, el sustantivo “sinodalidad” fue acuñado recientemente y constituye un “lenguaje novedoso” que ni siquiera figura en los documentos del Concilio Vaticano II ni en el Código de Derecho Canónico. En el contexto de un nuevo modelo de Iglesia, según la Comisión, la sinodalidad “indica la específica forma de vivir y obrar de la Iglesia Pueblo de Dios, que manifiesta y realiza en concreto su ser comunión en el caminar juntos, en el reunirse en asamblea y en el participar activamente de todos sus miembros en su misión evangelizadora”. Según el Papa Francisco, “la sinodalidad expresa la naturaleza de la Iglesia, su forma, su estilo, su misión”. La sinodalidad sería, pues, una “dimensión constitutiva de la Iglesia”.
Comisión Teológica Internacional, La sinodalidad en la vida y en la misión de la Iglesia, n.º 6.
Discurso del Santo Padre Francisco a los fieles de la Diócesis de Roma, cit.
Discurso del Santo Padre Francisco, Conmemoración del 50 aniversario de la institución del Sínodo de los Obispos, cit.
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