No, no es pecado criticar o rechazar el Concililo Vaticano II

No, no es pecado criticar o rechazar el Concililo Vaticano II

¿En qué difiere el Vaticano ll de los concilios anteriores?

El Concilio Vaticano ll ha declarado no querer mas que un concilio «pastoral», que no define las cuestiones de la fe, pero que da las directivas pastorales para la vida de la lglesia. El Concilio renunció a la definición de
dogmas y así, a la infabilidad que trae consigo un concilio. Por lo tanto, sus documentos no son infalibles.

¿Cuáles son los objetivos ordinarios de un concilio?- En la carta convocatoria del primer Concilio Vaticano, Pio IX indica que los concilios generales fueron convocados sobre todo «en épocas de grandes perturbaciones, cuando todo género de calamidades fondent sobre la lglesia y los pueblos». Todos los concilios ecuménicos del pasado fueron convocados para contrarrestar una herejía, (es notablemente el caso de los siete primeros), o para corregir un mal entonces dominante (simonía, cisma, corrupción del clero, etc). Pío IX resume asf las principales funciones
de un concilio: Decidir con prudencia y sabidurfa todo lo que pudiera contribuir a definir los dogmas de la
fe, a condenar los errores que se expanden insidiosamente, a defender, iluminar, explicar la
doctrina católica, a conservar la disciplina eclesiástica, a reforzar la moral relajada de los pueblos

¿Entonces nunca hubo un concilio pastoral antes del Vaticano II?- Todos los concilios de la Iglesia han sido pastorales, pero lo han sido definiendo dogmas , desenmascarando los errores.defendiendo la doctrina católica y luchando contra los desórdenes disciplinarios y de moral. La originalidad del Concilio Vaticano ha sido el querer ser «pastoral de una manera diferente, rehusando definir dogmas, condenar errores y hasta de presentar la doctrina católica de manera
defensiva.

;El Vaticano Il no promulgó entonces documentos dogmáticos?- El Vaticano ll ha.promulgado dieciséis textos: nueve decretos, tres declaraciones y cuatro constituciones. Entre estos, dos se llaman «constituciones dogmáticas»: Lumen gentium (sobre la lglesia) y Dei Verbum (sobre la Revelación). Esto no significa que en ellas se hayan proclamado dogmas o que sean infalibles, sino que tratan de una materia en relación a un dogma.

Vaticano ll se ha negado a definir de manera infalible; Paulo VI a señalado explícitamente, el 12 de enero de 1966, algunas semanas después de la clausura:

«Siendo dado el carácter pastoral del Concilio, se ha evitado proclamar de manera extraordinaria dogmas afectados con la nota de infabilidad

Ea omnia provide sapienterque constituerent quae ad fidei potissimum dogmata definienda, ad grassantes errores proflingandos, ad catholicam propugnandam, illustrandam et evolvendam doctrinam ad ecclesiasticam tuendam ac reparandam disciplinam, ad corruptos populorum mores corrigendos possent conducere». PIO XII, Bula de indicción y de
convocación al primer concilio Vaticano, 29 de junio de 1868, AAS, 1868, vol. IV, p. 5.

CATECISMO CATOLICO DE LA CRISIS EN LA IGLESIA
Por el Padre Matthias Gaudron

Publicado por paquetecuete

Cristiano Católico Apostólico y Romano

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