Los herejes no tenían derecho a defenderse». Al principio se había establecido que el acusado debía defenderse solo, pero este primer error fue comprendido por los inquisidores y se enmendó con el tiempo. Eymeric, Inquisidor de Aragón, en su Directorio lo
deja sentado: «el derecho a la defensa será permitido y de ningún modo negado, concediendo un abogado siempre honesto e incorruptible, experto en el derecho y celoso de la fe»
NICOLAU EYMERICH, op. cit., 446
