
El consentimiento consiste en «un acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente» (GS 48,1; cf CIC can 1057 §2): «Yo te recibo como esposa» — «Yo te recibo como esposo» (Ritual de la celebración del Matrimonio, 62). Este consentimiento que une a los esposos entre sí, encuentra su plenitud en el hecho de que los dos «vienen a ser una sola carne» (cf Gn 2,24; Mc 10,8; Ef 5,31)